Aspectos a considerar en el cumplimiento de requisitos en pagos deducibles en el año 2024

Información importante, tanto para pagos internacionales como nacionales

Pagos al exterior:

  • La retención en la fuente debe practicarse al momento de devengar la obligación (es decir con la contabilización) o al efectuar el pago, lo que suceda primero, bien sea por concepto de servicios o por rendimientos financieros
  • El documento electrónico equivalente es indispensable en todas las operaciones con el exterior, con excepción de las operaciones de importación de mercancías.
  • La expedición del documento electrónico equivalente es necesaria aunque el gasto sea no deducible.
  • En el caso de los contratos de servicios técnicos y asistencia técnica, estos deben estar registrados ante la DIAN, igualmente para regalías y compra de intangibles.

 

Pagos nacionales:

  • Contar con la factura electrónica y haber realizado los acuses exigidos por la ley.
  • Efectuar la retención en la fuente al momento de efectuar el registro contable (devengo), o al efectuar el pago, lo que suceda primero.
  • En los pagos a no responsables de IVA o no obligados a facturar, expedir el documento electrónico equivalente, excepto para aquellos que facturan voluntariamente sin estar obligados.
  • Para el caso de los prestadores de servicios independientes (personas naturales), exigir copia del RUT y aportes a seguridad social.
  • En todos los casos se deben poder demostrar la recepción de los bienes o prestación del servicio.
  • En el caso de los gastos ejecutados por terceros a nombre de la compañía, contar con la correspondiente certificación firmada por contador o Revisor Fiscal.
  • Todos los pagos de nómina, incluidas prestaciones sociales y dotación deben estar reportados electrónicamente a la DIAN.